alestra.com.mx
 
protección

SIP FOR BUSINESS

  1. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO SIP FOR BUSINESS:
    1. El servicio SIP for BUSINESS consiste en proporcionar al CLIENTE un servicio de comunicaciones unificadas, el cual incorpora las funcionalidades de Skype for Business de Microsoft con las capacidades de IP-PBX, para realizar o recibir llamadas telefónicas hacia o desde la red telefónica pública conmutada (PSTN, Public Switched Telephone Network) haciendo uso de las Troncales SIP.

  2. REQUERIMIENTOS DEL SERVICIO:
    1. Para tener acceso al Servicio, el CLIENTE deberá contar con los servicios de Troncales SIP, con servicio de VPN y/o Internet, así como la implementación y configuración de las aplicaciones necesarias de Audiocodes (Cloud Bond, SBA, CCE, Teléfonos IP, entre otros).
    2. El CLIENTE deberá contar con un único dominio publicado hacia Internet.
    3. El CLIENTE deberá contratar las siguientes licencias de Microsoft, ya sea através de un Distribuidor Autorizado o directamente con AXTEL:
      1. En caso de que el cliente no cuente con ningún licenciamiento de Office 365, deberá de contar con el licenciamiento de Skype for Business On Premise al contratar Cloud Bond 365.
      2. En caso de que el cliente cuente con licenciamiento de Office 365 (cualquier plan que incluya Skype For Business online)
        1. La licencia CAL PLUS o el add-on de Cloud PBX, por usuario
        2. La licencia de Skype For Business Server.
      3. En caso de que el cliente cuente con licenciamiento de Office 365 (Plan E5)
        1. La licencia de Skype For Business Server.
    4. Las Troncales SIP deberán ser de AXTEL.
    5. El CLIENTE deberá contar con 5 (cinco) IP públicas disponibles.
    6. En caso de que el CLIENTE cuente con Cortafuegos (Firewall), el CLIENTE deberá configurar la red perimetral (DMZ - Demilitarized Zone) a usar.
    7. El CLIENTE acepta y reconoce que la solución de Skype for Business de Microsoft únicamente soporta el códec G.711
    8. Las soluciones de SIP for BUSINESS consideran el uso de certificados de seguridad para la encripción de las llamadas de voz, de aquellos usuarios que están fuera de la red y tienen que accesar la plataforma de voz vía Internet. Los dispositivos móviles de los usuarios los cuales hacen uso del protocolo TLS, requieren de dicho certificado valido para garantizar la seguridad de la conectividad vía Internet. Se requieren 3 certificados firmados por un CA público:
      • Para el Edge (permite conectividad de dispositivos móviles)
      • Para el Reverse Proxy (registros de las conexiones de SIP)
      • Para sincronización de Directorio Activo La compra de certificados de seguridad será responsabilidad total del CLIENTE. Cualquier requerimiento diferente, se deberá manejar como caso especial.
    9. Para un buen desempeño de las llamadas de Voz, el CLIENTE deberá cumplir con los valores mínimos necesarios en el procesamiento de las llamadas SIP através del CLIENTE de Skype for Business y/o IP Phones de Audiocodes, cumpliendo los siguientes valores en su LAN:



  3. LIMITE DE RESPONSABILIDADES
    1. AXTEL no garantiza que el Servicio que se ofrece estará libres de errores, o que la información, software o cualquier otro material que se maneje en internet está libre de virus o componentes dañinos. El CLIENTE asume toda la responsabilidad y riesgo que derive del uso que el CLIENTE o algún tercero accedan a internet dentro y fuera de la plataforma del cual se compone el Servicio.
    2. AXTEL no será responsable de la indisponibilidad, daños y perjuicios que deriven del mal uso, inhabilidad o inexperiencia del CLIENTE y sus usuarios finales o personal autorizado por el CLIENTE al tener acceso al Servicio.
    3. AXTEL no será responsable por el resultado de errores, omisiones, interrupciones, pérdida de archivos, defectos, demora en la operación o transmisión o cualquier falla en el desempeño de internet que contrate el CLIENTE con algún tercero ajeno a AXTEL. Asimismo, AXTEL no es responsable de la veracidad o contenido de la información difundida que no sea propiedad de AXTEL.
    4. AXTEL bajo ningún motivo o circunstancia será responsable por el tráfico que el propio CLIENTE ingrese a la aplicación, obligándose el CLIENTE a sacar en paz y a salvo a AXTEL de cualquier reclamación, demanda, juicio o denuncia fincada en su contra, asumiendo el CLIENTE el reembolso total de los gastos en que haya incurrido AXTEL por tal efecto.
    5. El CLIENTE acepta y reconoce que el tráfico que curse através del Servicio es propiedad de él, o cuenta con los permisos, licencias o acuerdos para su reproducción total o parcial así mismo acepta y reconoce que dichos permisos están amparados por las leyes nacionales e internacionales en materia de derecho de autor o propiedad intelectual.
    6. AXTEL otorgará asesoría y atención a EL CLIENTE en asuntos técnicos en un esquema de atención 7x24, vía telefónica 01 800 288 4638 y/o correo: [email protected] para temas técnicos, [email protected] para temas de facturación.
    7. El Servicio tiene limitadas sus funcionalidades dependiendo del tipo de licenciamiento o funcionalidad contratada.
    8. EL CLIENTE deberá proporcionar a AXTEL el nombre de una persona autorizada a pedir y recibir información del Servicio, en caso que el CLIENTE no asigne a una persona el CLIENTE reconoce que AXTEL seguirá prestando el Servicio, y no se constituye incumplimiento alguno al Contrato o al presente Anexo. EL CLIENTE será el único autorizado a cambiar el nombre de esta persona en caso de requerirlo.
    9. AXTEL aplicará todos los mecanismos de seguridad que considere prudentes para aislar la red del CLIENTE de cualquier otra red a la que AXTEL tenga contacto.
    10. En aquellos casos en donde AXTEL pueda tener algún retraso en la prestación del Servicio, se le notificará al CLIENTE para, en conjunto, acordar una nueva fecha de inicio del Servicio o si se procede a la cancelación de este Servicio.

  4. DURACIÓN Y VIGENCIA
    1. La vigencia del presente Anexo comenzará a partir de la fecha de su firma y su término estará sujeto a la duración de los Servicios aquí contenidos, que el CLIENTE tenga contratados. El período de contratación de los Servicios será el establecido en el Anexo de Precios correspondiente y comenzará a contabilizarse a partir de la fecha de entrega y/o de la Fecha de Inicio de los mismos, lo que suceda primero.

  5. TERMINACIÓN Y RESCISIÓN
    1. El CLIENTE al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones podrá solicitar a AXTEL la TERMINACIÓN de cualquiera de los servicios mediante notificación por escrito a AXTEL. Una vez recibida la notificación el proceso de baja total podrá tomar hasta 10 (diez) días hábiles.
    2. En caso de que el CLIENTE decida dar por terminados parcial o totalmente cualquiera de los servicios, modalidades o variantes antes de cumplir con el período de contratación inicialmente acordado y/o en caso de RESCISIÓN del Contrato y/o este anexo por incumplimiento del CLIENTE a cualquiera de sus obligaciones derivadas del servicio contratado, deberá pagar a AXTEL lo siguiente: pagar el 100% (cien por ciento) del costo de instalación, sin tomar en cuenta los descuentos que en su caso se hubieren aplicado, si aún no ha sido cubierto al momento de la cancelación, y el 100% (cien por ciento) del monto de las rentas no devengados, hasta cumplir con el período de contratación inicialmente acordado, sin tomar en cuenta los descuentos que en su caso se hubieren aplicado.
    3. Para este Servicio no existe el prorrateo, es decir, AXTEL no ejercerá en favor del CLIENTE algún un reembolso o nota de crédito, en aquellos casos de TERMINACIÓN anticipada por parte del CLIENTE.
    4. Es responsabilidad del CLIENTE el solicitar asesoría sobre como extraer, o migrar, su información de la plataforma. Una vez procesada la baja del Servicio no hay forma de recuperar la información borrada por parte de AXTEL. Los costos generados por el proceso de migración de la información corren por parte del CLIENTE

  6. información CONFIDENCIAL.
    1. Obligaciones. Cada una de los partes: (1) deberá mantener y conservar toda información Confidencial de la otra Parte con tal grado de cuidado que sean adecuado para evitar el uso no autorizado o divulgación, (2) directa o indirectamente, no divulgar la información Confidencial de la otra Parte, excepto con el personal que requiera conocerla, o previo escrito de consentimiento de la otra Parte, (3) a la expiración o TERMINACIÓN del presente Anexo, y a petición de la otra Parte, deberá regresar toda la información del Servicio a la Parte requirente o, a elección de la Parte requirente solicitar destruir, toda la información, datos, memorandos, notas, registros, informes, medios de comunicación y otros documentos y materiales (y todas las copias de los mismos) en relación con o incluyendo cualquier información confidencial de la Parte requirente y que la otra Parte puede poseer o tener bajo su control, y (4) no tomar acción con respecto a la información Confidencial de la otra Parte que sea incompatible con su carácter confidencial y carácter reservado.
    2. información confidencial definida. Para los efectos del presente Anexo, "información Confidencial" significará toda aquella información verbal, escrita o por medio electrúnico, marcada como confidencial, propietaria o restringida, incluyendo información de empleados, CLIENTEs, usuarios, productos, estrategias de negocios, información confidencial de terceros, procesos técnicos del Servicios, plataformas, software, y demás información que sea reconocida como confidencial.
    3. Cada una de las Partes se permite divulgar información Confidencial de la otra Parte: (1) a sus empleados, agentes y subcontratistas que tienen una necesidad de saber tales información en relación con la rendimiento o la recepción de los Servicios o de sus obligaciones en virtud del presente Anexo, y (2) si la divulgación es requerida por la ley o solicitada por un gobierno autorizó organismo, siempre que, previo a la divulgación de una de las Partes notifique a la otra Parte proceder a tal divulgación, y proporcionar juego de copias de cualquier información relacionada para que la Parte afectada pueda adoptar medidas para proteger su Confidencial información. Con respecto a la cláusula (1) de la presente subsección 7.3, cada una de las Partes instruirá a todos esos empleados, agentes y subcontratistas de las obligaciones contraídas en virtud del presente Anexo.
    4. Limitaciones. Las obligaciones establecidas en esta cláusula 7 no se aplicarán a la información que (i) es o se convierte generalmente conocida por el público, que no sea como resultado de una revelación de la información Confidencial de la Parte por la otra Parte, (ii) está legítimamente en posesión de la otra Parte antes de la divulgación, libre de cualquier obligación de confidencialidad, (iii) se recibe por una Parte de buena fe y sin restricción de un tercero bajo un obligación de confidencialidad de la otra parte y que tiene el derecho de hacer tal revelación, o (iv) es independientemente desarrollada sin referencia a otra información Confidencial. Cada uno de los partes reconoce que la divulgación de información confidencial puede causar daño irreparable a la otra parte y daños que pueden ser difíciles de determinar. Cada parte, por lo tanto, tendrá derecho a solicitar medidas cautelares en un divulgación de información o en la presunción de un divulgación de información Confidencial, además de los demás recursos que pueda disponer por ley. Sin perjuicio de lo anterior, cada Parte informará a la otra inmediatamente en el caso de que tenga razones para creer que cualquier persona o entidad ha tenido acceso a información Confidencial.

  7. Protección de información
    1. AXTEL mantendrá en todo momento protegida la información del CLIENTE durante la vigencia del Servicio, y una vez concluido el servicio AXTEL la mantendrá igualmente protegida, hasta que se proceda a la destrucción de la misma.
    2. No obstante lo anterior, AXTEL podrá dar acceso al Servicio a cualquier autoridad competente que así lo solicite bajo los medios judiciales vigentes.
    3. AXTEL podrá hacer una interrupción total o parcial del Servicio cuando así lo requiera una autoridad competente, sin que esto sea considerado una causa fortuita o de fuerza mayor.

  8. AUDITORÍAS
    1. El CLIENTE acepta y reconoce que los Servicios aquí descritos y prestados por AXTEL podrán ser susceptibles de Auditoría por parte del CLIENTE, siempre y cuando el CLIENTE lo solicite con anticipación, detallando los alcances y por escrito, por lo cual el CLIENTE acepta y reconocer que deberá pagar la cotización que AXTEL le haga llegar para llevar acabo la Auditoría que el CLIENTE solicite.

  9. PROPIEDAD INTELECTUAL
    1. Toda la información cargada o almacenada dentro de la plataforma y servidores de AXTEL para la prestación del Servicio es propiedad del CLIENTE. Todos los Servicios prestados y descritos en este Anexo están protegidos por las leyes de Propiedad Intelectual aplicables en México y el extranjero. Por lo anterior, AXTEL otorga una licencia de derecho y uso exclusivo al CLIENTE según se describe en el presente Anexo, sin que pueda ser copiado parcial o totalmente, quedando prohibida su distribución, publicación, y/o comercialización total o parcial, sin el consentimiento por escrito de AXTEL.

  10. BORRADO DE información
    1. Toda la información cargada o almacenada dentro de la plataforma y servidores de AXTEL para la prestación del Servicio propiedad del CLIENTE será eliminada de las plataformas y servidores AXTEL dentro de los 10 (diez) días hábiles, una vez terminado el Servicio; o en caso de algún incumplimiento por parte del CLIENTE a este Anexo, el Contrato y/o Anexo de Precios.
    2. El CLIENTE deberá realizar la migración de la información de su propiedad que se encuentre alojada en nuestras plataformas y servidores a su cargo y costo, durante el período señalado en la sección 10.1, de lo contrario, AXTEL procederá al borrado de la misma, sin generar copia alguna de respaldo de cualquier información propiedad del CLIENTE.
 
 

Derechos reservados