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CLOUD COLLABORATION

El presente Anexo de Servicio forma parte integrante del Contrato o Contrato Marco de prestación de Servicios de tecnologías de información celebrado entre las Partes (el "Contrato").

Las Partes acuerdan que únicamente le serán aplicables a EL CLIENTE las disposiciones contenidas en este Anexo, que se relacionen con los Servicios que contrate através del Anexo de Precios ("Anexo de Precios") o por cualquier otro medio autorizado por AXTEL.
  1. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO CLOUD COLLABORATION
    1. El servicio de CLOUD COLLABORATION (el "Servicio") consiste en proporcionar al CLIENTE soluciones de colaboración desde una plataforma hospedada en las instalaciones de AXTEL que permitirá tener funcionalidades con base en los perfiles de usuario através de la conexión de un enlace de internet dedicado o banda ancha y conexión de dispositivos a la red, esto último opcionalmente. Todo esto através de tecnología Broadsoft Cisco, en un esquema de renta mensual por licencia contratada en paquetes o de manera individual.
    2. El Servicio permite al CLIENTE disponer de una solución para la colaboración empresarial a usuarios que tengan dispersión geográfica y/o quieran tener una solución fuera de sus instalaciones que les brinde mayor disponibilidad buscando expandir el escritorio a una nube (como servicio) y consiste en poder comunicarse desde un teléfono, computadora, laptop, tableta o Smartphone a nivel de audio, video, chat y compartir contenido en uno o varios dispositivos, todo mediante conectividad recomendada de Internet dedicado o banda ancha.
    3. El servicio se basa en perfiles denominados "estándar" y "Avanzado" para Clientes nuevos, el cual brinda las funcionalidades de Telefonía, Buzón de Voz y Chat con Presencia, así como Movilidad (interna y/o externa), además de compartir el escritorio y video (videollamadas de uno a uno o punto a punto); todo instalado hasta en cinco dispositivos diferentes a escoger por el CLIENTE como pueden ser teléfono de escritorio, computadora, laptop, tableta y/o Smartphone.
    4. Para Clientes existentes con oferta anterior se pueden seleccionar para crecimientos dos perfiles de usuario principalmente de acuerdo con el perfilamiento o uso que el CLIENTE seleccione y se pueden habilitar diversas funcionalidades, así como adicionar el modelo de teléfono que se acople a sus necesidades opcionalmente. El Usuario estándar brinda las funcionalidades de Telefonía, Buzón de Voz y PBX todo instalado en un solo dispositivo a escoger por el CLIENTE como puede ser teléfono físico de escritorio o Smartphone, el usuario Avanzado brinda las mismas funcionalidades del usuario básico más la parte de Movilidad (interna y/o externa), compartir el escritorio y video (videollamadas uno a uno o punto a punto) todo instalado en cinco dispositivos diferentes a escoger por el CLIENTE como pueden ser teléfono de escritorio, computadora, laptop, tableta y/o Smartphone.
    5. El Servicio de forma opcional, ofrece funcionalidades y servicios adicionales con un costo extra y bajo proyecto a la medida, tales como: 1.-Telefonos de escritorio de la marca Cisco preferentemente y otras diferentes marcas como Yealink y Polycom 2.-Telefonos de escritorio de la marca Cisco y otras marcas como Yealink con funcionalidades de Videollamada 3.-Paquetes de Voz con líneas telefónicas de AXTEL en formato SIP ya incluida en cada uno de los usuarios desde la nube de AXTEL 4.-Equipos Switches y/o Access Points para conexiones en la Red LAN del CLIENTE ya sea alámbrica o inalámbricamente. 5.-Enlaces de Internet através de enlaces dedicados.
    6. La licencia proporcionada al CLIENTE es "nombrada", es decir, es una licencia que se asigna a un usuario designado por el CLIENTE. Por lo anterior al término de la vigencia del Anexo de Precios correspondiente, AXTEL desactivará las licencias al usuario y por lo tanto el CLIENTE deberá hacer la devolución de dichas licencias a AXTEL. Adicionalmente, el CLIENTE reconoce y acepta que no está permitido compartir o ejecutar la licencia ya que es de uso único y exclusivo para el usuario asignado por el CLIENTE.

  2. TIPOS DEL LICENCIAS PARA EL SERVICIO
    1. El CLIENTE NUEVO podrá elegir el esquema de la solución basado en los paquetes los cuales contienen un 80% de usuarios estándar y un 20% de usuarios Avanzados, con dos perfiles de licenciamiento que incluye la posibilidad de habilitar las funcionalidades de Telefonía, Buzón de Voz y PBX; además, la capacidad de brindar Movilidad (interna y/o externa), compartir el escritorio y video (videollamada uno a uno o punto a punto) Chat de mensajería interna con la capacidad de instalarlo hasta en cinco dispositivos diferentes a escoger por el CLIENTE, como pueden ser teléfono de escritorio, computadora, laptop, tableta y/o Smartphone; estos cuatro últimos bajo las compatibilidades que se definan en el alcance del servicio. Cada una de las funcionalidades podrá elegirse bajo las premisas que se definan también en la fase de definición de alcances del servicio antes de la venta y firma del Contrato yo Anexo de Precios.
    2. El CLIENTE EXISTENTE para crecimientos podrá elegir entre una o más de las siguientes opciones de licencias o usuarios, según lo contrate en su Anexo de Precios correspondiente: a.- Licencia estándar (Usuario estándar) El Usuario estándar permite habilitar las funcionalidades de Telefonía, Buzón de Voz y PBX todo instalado en un solo dispositivo a escoger por el CLIENTE como puede ser teléfono físico de escritorio o Smartphone, Laptop o PC, este último a ser provisto por el CLIENTE bajo las compatibilidades que se definan en el alcance del servicio. Cada una de las funcionalidades bajo las premisas que se definan también en la fase de definición de alcances del servicio antes de la venta y firma del Contrato y/o Anexo de Precios. b.- Licencia Avanzada (Usuario Avanzado) El Usuario Avanzado permite habilitar las mismas funcionalidades y alcances del usuario básico mencionado en el inciso a del punto 2.1 más adicionalmente la capacidad de brindar Movilidad (interna y/o externa), compartir el escritorio y video (videollamada uno a uno o punto a punto) con la capacidad de instalarlo hasta en cinco dispositivos diferentes a escoger por el CLIENTE como pueden ser teléfono de escritorio, computadora, laptop, tableta y/o Smartphone estos cuatro últimos bajo las compatibilidades que se definan en el alcance del servicio. Cada una de las funcionalidades bajo las premisas que se definan también en la fase de definición de alcances del servicio antes de la venta y firma del Contrato y/o Anexo de Precios.
    3. El CLIENTE podrá por un costo adicional mejorar las capacidades de los usuarios estándar para poder tener la movilidad de la Voz y/o convertir un usuario estándar a Avanzado.

  3. REQUERIMIENTOS DEL SERVICIO
    1. Para tener acceso al Servicio el CLIENTE deberá contar con algún servicio de Internet preferentemente dedicado para garantizar la calidad en las comunicaciones lo cual debe de ser validado dentro de los alcances que se definan antes de la venta y firma del Contrato y/o Anexo de Precios. La conectividad que se requiere para la prestación correcta del Servicio y para cada tipo de usuario dependerá de la arquitectura y diseño técnico de cada CLIENTE la cual debe de ser validada antes de la venta y firma del contrato y/o Anexo de Precios. La prestación de los Servicios se encuentra sujeta a lo establecido en el CONTRATO a la factibilidad, disponibilidad, cobertura y capacidad técnica, así como la posibilidad física para poderlo ofrecer. Se requiere que el CLIENTE proporcione todos los detalles técnicos y de negocio para la correcta implementación del Servicio los cuales deberán ser revisados y plasmados en un alcance técnico antes de la venta y firma del Contrato y/o Anexo de Precios.
    2. El CLIENTE en ningún momento tendrá acceso a la configuración del Equipo AXTEL
    3. Cobertura. El servicio se podrá ofrecer e implementar dentro de la cobertura especificada para el mismo por parte de AXTEL.



    4. No obstante, lo establecido en el CONTRATO, en caso de que AXTEL detecte un consumo destinado a la comercialización, reventa, centros de contacto, telemercadeo o cualquier otro que sea con fines de obtener un lucro, AXTEL cancelará el Servicio y realizará el mejor esfuerzo para que el CLIENTE se migre a una oferta adecuada. Las tarifas están sujetas a cambios por parte de AXTEL, previo registro de estas ante las autoridades competentes. La prestación de los SERVICIOS se encuentra sujeta a lo establecido en las cláusulas del CONTRATO y sus Anexos.

  4. LIMITE DE RESPONSABILIDADES
    1. AXTEL no garantiza que el SERVICIO que se ofrece estará libres de errores, o que la información, software o cualquier otro material que se maneje en internet está libre de virus o componentes dañinos. El CLIENTE asume toda la responsabilidad y riesgo que derive del uso que el CLIENTE o algún tercero accedan al uso del servicio dentro y fuera de la plataforma del cual se compone el Servicio.
    2. AXTEL no será responsable de la indisponibilidad, daños y perjuicios que deriven del mal uso, inhabilidad o inexperiencia del CLIENTE y sus usuarios finales o personal autorizado por el CLIENTE al tener acceso al Servicio.
    3. AXTEL no será responsable por el resultado de errores, omisiones, interrupciones, pérdida de archivos, defectos, demora en la operación o transmisión o cualquier falla en el desempeño de internet que contrate el CLIENTE con algún tercero ajeno a AXTEL. Asimismo, AXTEL no es responsable de la veracidad o contenido de la información difundida que no sea propiedad de AXTEL.
    4. AXTEL bajo ningún motivo o circunstancia será responsable por el contenido que el propio CLIENTE ingrese a la aplicación, obligándose el CLIENTE a sacar en paz y a salvo a AXTEL de cualquier reclamación, demanda, juicio o denuncia fincada en su contra, asumiendo el CLIENTE el reembolso total de los gastos en que haya incurrido AXTEL por tal efecto.
    5. El CLIENTE acepta y reconoce que el contenido publicado en el Servicio es propiedad de él, o cuenta con los permisos, licencias o acuerdos para su reproducción total o parcial así mismo acepta y reconoce que dichos permisos están amparados por las leyes nacionales e internacionales en materia de derecho de autor o propiedad intelectual.
    6. El CLIENTE administrará las claves de acceso a las aplicaciones móviles y de escritorio que AXTEL le proveerá, las cuales le servirán para acceder al uso de su Servicio, mismas que por seguridad el CLIENTE se obliga a guardar bajo confidencialidad, dándola a conocer únicamente a las personas que designe para utilizarlas, quedando bajo su consentimiento y responsabilidad. El CLIENTE se hace responsable por el mal uso que se haga de una cuenta y/o clave de acceso, resultado de su descuido o negligencia. En los casos que el CLIENTE extravió las claves de acceso proporcionadas por AXTEL, el CLIENTE deberá levantar un requerimiento en mesa de ayuda con el fin de establecer una nueva contraseña y recuperar el acceso lógico al Servicio.
    7. AXTEL otorgará asesoría y atención a EL CLIENTE en asuntos técnicos en un esquema de atención 7x24, vía telefónica 01 800 288 4638 y/o correo: [email protected] para temas técnicos, [email protected] para temas de facturación.
    8. El Servicio tiene limitadas sus funcionalidades dependiendo del tipo de licenciamiento o funcionalidad contratada.
    9. Como parte del Servicio no se consideran los siguientes alcances operativos y administrativos: Migraciones. Es responsabilidad del CLIENTE realizar la migración de su plataforma de cómputo actual al Servicio, así como también la migración hacía una nueva plataforma cuando decida terminar el Contrato y/o este Anexo con AXTEL. Reportes. No se incluyen reportes de ningún tipo de manera estándar, se pueden trabajar como parte del proyecto y se revisaran antes de la firma del Contrato. Auditorías. No se incluyen Auditorías de ningún tipo. En caso de que el CLIENTE requiera que alguna Auditoría se lleve a cabo se realizará al margen de lo permitido por las políticas de seguridad de información, código de conducta del Centro de Datos y lineamientos operativos vigentes y en todo momento, lo anterior, pudiera generar un cargo adicional al Servicio contratado por el CLIENTE mismo que deberá ser cubierto según se acuerde. Monitoreo. AXTEL se encargará de monitorear la infraestructura de AXTEL que se requiera para brindar el Servicio. El monitoreo y salud de las máquinas, dispositivos móviles o infraestructura propiedad del CLIENTE o terceros autorizados por el CLIENTE es su entera responsabilidad su administración y monitoreo.
    10. EL CLIENTE deberá proporcionar a AXTEL el nombre de una persona autorizada a pedir y recibir información del Servicio, en caso de que el CLIENTE no asigne a una persona el CLIENTE reconoce que AXTEL seguirá prestando el Servicio, y no se constituye incumplimiento alguno al Contrato o al presente Anexo. EL CLIENTE será el único autorizado a cambiar el nombre de esta persona en caso de requerirlo.
    11. AXTEL aplicará todos los mecanismos de seguridad que considere prudentes para aislar la red del CLIENTE de cualquier otra red a la que AXTEL tenga contacto. 12. En aquellos casos en donde AXTEL pueda tener algún retraso en la prestación del Servicio, se le notificará al CLIENTE para, en conjunto, acordar una nueva fecha de inicio del Servicio o si se procede a la cancelación de este Servicio.

  5. DURACIÓN Y VIGENCIA
    1. La vigencia del presente Anexo comenzará a partir de la fecha de su firma y su término estará sujeto a la duración de los Servicios aquí contenidos, que el CLIENTE tenga contratados. El período de contratación de los Servicios será el establecido en el Anexo de Precios correspondiente y comenzará a contabilizarse a partir de la fecha de entrega y/o de la Fecha de Inicio de estos, lo que suceda primero.

  6. TERMINACIÓN Y RESCISIÓN
    1. El CLIENTE al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones podrá solicitar a AXTEL la TERMINACIÓN de cualquiera de los servicios mediante notificación por escrito a AXTEL. Una vez recibida la notificación el proceso de baja total podrá tomar hasta 10 (diez) días hábiles.
    2. En caso de que el CLIENTE decida dar por terminados parcial o totalmente cualquiera de los servicios, modalidades o variantes antes de cumplir con el período de contratación inicialmente acordado y/o en caso de RESCISIÓN del Contrato y/o este anexo por incumplimiento del CLIENTE a cualquiera de sus obligaciones derivadas del servicio contratado, deberá pagar a AXTEL lo siguiente: pagar el 100% (cien por ciento) del costo de instalación, sin tomar en cuenta los descuentos que en su caso se hubieren aplicado, si aún no ha sido cubierto al momento de la cancelación, y el 100% (cien por ciento) del monto de las rentas no devengados, hasta cumplir con el período de contratación inicialmente acordado, sin tomar en cuenta los descuentos que en su caso se hubieren aplicado.
    3. Para este Servicio no existe el prorrateo, es decir, AXTEL no ejercerá en favor del CLIENTE algún un reembolso o nota de crédito, en aquellos casos de TERMINACIÓN anticipada por parte del CLIENTE.
    4. Es responsabilidad del CLIENTE el solicitar asesoría sobre como extraer, o migrar, su información de la plataforma. Una vez procesada la baja del Servicio no hay forma de recuperar la información borrada por parte de AXTEL. Los costos generados por el proceso de migración de la información corren por parte del CLIENTE

  7. información CONFIDENCIAL.
    1. Obligaciones. Cada una de los partes: (1) deberá mantener y conservar toda información Confidencial de la otra Parte con tal grado de cuidado que sean adecuado para evitar el uso no autorizado o divulgación, (2) directa o indirectamente, no divulgar la información Confidencial de la otra Parte, excepto con el personal que requiera conocerla, o previo escrito de consentimiento de la otra Parte, (3) a la expiración o TERMINACIÓN del presente Anexo de Servicios, y a petición de la otra Parte, deberá regresar toda la información del Servicio a la Parte requirente o, a elección de la Parte requirente solicitar destruir, toda la información, datos, memorandos, notas, registros, informes, medios de comunicación y otros documentos y materiales (y todas las copias de los mismos) en relación con o incluyendo cualquier información confidencial de la Parte requirente y que la otra Parte puede poseer o tener bajo su control, y (4) no tomar acción con respecto a la información Confidencial de la otra Parte que sea incompatible con su carácter confidencial y carácter reservado.
    2. información confidencial definida. Para los efectos del presente Anexo de Servicio, "información Confidencial" significará toda aquella información verbal, escrita o por medio electrúnico, marcada como confidencial, propietaria o restringida, incluyendo información de empleados, CLIENTES, usuarios, productos, estrategias de negocios, información confidencial de terceros, procesos técnicos del Servicios, plataformas, software, y demás información que sea reconocida como confidencial.
    3. Cada una de las Partes se permite divulgar información Confidencial de la otra Parte: (1) a sus empleados, agentes y subcontratistas que tienen una necesidad de saber tales información en relación con el rendimiento o la recepción de los Servicios o de sus obligaciones en virtud del presente Anexo de Servicio, y (2) si la divulgación es requerida por la ley o solicitada por un gobierno autorizó organismo, siempre que, previo a la divulgación de una de las Partes notifique a la otra Parte proceder a tal divulgación, y proporcionar juego de copias de cualquier información relacionada para que la Parte afectada pueda adoptar medidas para proteger su Confidencial información. Con respecto a la cláusula (1) de la presente subsección 7.3, cada una de las Partes instruirá a todos esos empleados, agentes y subcontratistas de las obligaciones contraídas en virtud del presente Anexo de Servicio.
    4. Limitaciones. Las obligaciones establecidas en esta cláusula 7 no se aplicarán a la información que (i) es o se convierte generalmente conocida por el público, que no sea como resultado de una revelación de la información Confidencial de la Parte por la otra Parte, (ii) está legítimamente en posesión de la otra Parte antes de la divulgación, libre de cualquier obligación de confidencialidad, (iii) se recibe por una Parte de buena fe y sin restricción de un tercero bajo un obligación de confidencialidad de la otra parte y que tiene el derecho de hacer tal revelación, o (iv) es independientemente desarrollada sin referencia a otra información Confidencial. Cada uno de los partes reconoce que la divulgación de información confidencial puede causar daño irreparable a la otra parte y daños que pueden ser difíciles de determinar. Cada parte, por lo tanto, tendrá derecho a solicitar medidas cautelares en una divulgación de información o en la presunción de una divulgación de información Confidencial, además de los demás recursos que pueda disponer por ley. Sin perjuicio de lo anterior, cada Parte informará a la otra inmediatamente en el caso de que tenga razones para creer que cualquier persona o entidad ha tenido acceso a información Confidencial.

  8. Protección de información
    1. AXTEL mantendrá en todo momento protegida la información del CLIENTE durante la vigencia del Servicio, y una vez concluido el servicio AXTEL la mantendrá igualmente protegida, hasta que se proceda a la destrucción de esta.
    2. No obstante, lo anterior, AXTEL podrá dar acceso al Servicio a cualquier autoridad competente que así lo solicite bajo los medios judiciales vigentes.
    3. AXTEL podrá hacer una interrupción total o parcial del Servicio cuando así lo requiera una autoridad competente, sin que esto sea considerado una causa fortuita o de fuerza mayor.

  9. AUDITORÍAS
    1. El CLIENTE acepta y reconoce que los Servicios aquí descritos y prestados por AXTEL podrán ser susceptibles de Auditoría por parte del CLIENTE, siempre y cuando el CLIENTE lo solicite con anticipación, detallando los alcances y por escrito, por lo cual el CLIENTE acepta y reconocer que deberá pagar la cotización que AXTEL le haga llegar para llevar acabo la Auditoría que el CLIENTE solicite.

  10. PROPIEDAD INTELECTUAL
    1. Toda la información cargada o almacenada dentro de la plataforma y servidores de AXTEL para la prestación del Servicio es propiedad del CLIENTE. Todos los Servicios prestados y descritos en este Anexo están protegidos por las leyes de Propiedad Intelectual aplicables en México y el extranjero. Por lo anterior, AXTEL otorga una licencia de derecho y uso exclusivo al CLIENTE según se describe en el presente Anexo de Servicio, sin que pueda ser copiado parcial o totalmente, quedando prohibida su distribución, publicación, y/o comercialización total o parcial, sin el consentimiento por escrito de AXTEL.

  11. BORRADO DE información
    1. Toda la información cargada o almacenada dentro de la plataforma y servidores de AXTEL para la prestación del Servicio propiedad del CLIENTE será eliminada de las plataformas y servidores AXTEL dentro de los 10 días hábiles, una vez terminado el Servicio; o en caso de algún incumplimiento por parte del CLIENTE a este Anexo de Servicio, el Contrato y/o Anexo de Precios.
    2. El CLIENTE deberá realizar la migración de la información de su propiedad que se encuentre alojada en nuestras plataformas y servidores a su cargo y costo, durante el período señalado en la sección 11.1, de lo contrario, AXTEL procederá al borrado de esta, sin generar copia alguna de respaldo de cualquier información propiedad del CLIENTE.
 
 

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